De conformidad con la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281,
publicada el 04 diciembre 2014, se autoriza, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley y
durante el Año Fiscal 2015, a celebrar convenios de encargo del procedimiento de selección con
organismos internacionales a las Entidades indicadas en la citada disposición. La referida disposición
entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2015.
El presente Reglamento es aplicable a las empresas señaladas en el literal D del artículo 16 de la Ley General. Esta norma establece disposiciones para las rentas particulares y otros seguros de vida que posean al menos un componente de ahorro o de inversión, separable o no separable según el Reglamento de Reservas Matemáticas. Se excluye del alcance a las rentas de jubilación y a las
pensiones de invalidez o de sobrevivencia asociadas al Sistema Privado de Pensiones (SPP), a las pensiones del seguro complementario de trabajo de riesgo (SCTR) y a aquellos productos normados mediante otros reglamentos específicos que dicten criterios o requerimientos incompatibles con la presente norma.
Este documento tiene por objetivo establecer, entre otros aspectos, lineamientos que buscan fortalecer la categorización apropiada de los eventos de pérdida por riesgo operacional a nivel de tipo de evento y línea de negocio señalados en el Reglamento para la Gestión del Riesgo Operacional (Resolución SBS N° 2116-2009)
Resuelve Aprobar el Reglamento de Gestión de Conductade Mercado del Sistema de Seguros, según se indica a continuación
Reglamento del Registro de intermediarios y auxiliares de seguros, empresas de reaseguros del exterior y actividades de seguros transfronterizas
Este Reglamento es aplicable a los intermediarios de seguros, representantes de empresas de reaseguros del exterior, auxiliares de seguros y las personas naturales y jurídicas a que se refiere la Trigésima Disposición Final y Complementaria de la Ley General.
Reglamento de Supervisión y Control de los Corredores y Auxiliares de Seguros
Este Reglamento se aplica a los corredores y auxiliares de seguros en todo aquello relacionado con el desarrollo de su actividad, lo que comprende: i) la gestión financiera, los controles internos, asesoría e intermediación de seguros de los corredores de seguros; y, ii) la inspección de riesgos, prevención de averías, ajuste y liquidación de siniestros de los auxiliares de seguros.
Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
Modifican el artículo 4° de la Norma que regula el procedimiento de atención de las solicitudes de levantamiento del secreto bancario aprobada por Res. SBS N° 1132-2015
Incorpora infracción en la Sección II "Infracciones Graves" del Anexo 2 "infracciones específicas del Sistema Financiero y de las Empresas de Servicios Complementarios y Conexos" del Reglamento de Sanciones aprobado por la Resolución SBS N° 816-2015.
Norma que regula el procedimiento de atención de las solicitudes de levantamiento del secreto bancario.
Reglamento de Sanciones para entidades supervisadas [Solo Artículo 10 vigente]
Aprueban Norma que regula los mecanismos y procedimientos para que la UIF - Perú congele administrativamente los fondos u otros activos de las personas o entidades vinculadas al terrorismo y al financiamiento del terrorismo, así como de aquellas vinculadas a la proliferación de armas de destrucción masiva y su financiamiento, identificadas en el marco de las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Modifica el Anexo 1 del Reglamento de Infracciones y Sanciones en Materia de Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo, aplicable a los sujetos obligados que no cuentan con organismo supervisor, aprobado por el Artículo Segundo de la Resolución SBS N° 8930-2012
Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo.
El Reglamento es de aplicación, según corresponda, a las empresas señaladas en los artículos 16° y 17° de la Ley General, al Banco Agropecuario, al Banco de la Nación, al Fondo de Garantía para la Pequeña Industria – FOGAPI, a las administradoras privados de fondos de pensiones, a la Corporación Financiera de Desarrollo SA - COFIDE, al Fondo Mivivienda SA, a los corredores de seguros ya las cooperativas de ahorro y crédito no autorizados a operar con recursos del público, en adelante empresas.
Establecen imposición de sanciones no pecuniarias, así como medidas correctivas que correspondan en procedimientos administrativos sancionadores de la UIF-Perú y modifican el Reglamento de Infracciones y Sanciones en Materia de Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo.
Se aprueba la Plantilla ROSEL que deben utilizar sujetos obligados a informar a que se refieren la Ley N° 29038 y el D.S. N° 020-2017-JUS, para cumplir con su obligación de comunicar a la UIF-Perú y dictan otras disposiciones
Modifican Normas para el Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda, supervisadas en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo por la SBS, a través de la UIFPerú.
Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los sujetos obligados bajo supervisión de la UIF - Perú, en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo
Aprueban la Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los sujetos obligados bajo el sistema acotado de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.
Norma sobre funciones y cargos ocupados por personas expuestas políticamente (PEP) en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.
Reglamento de Infracciones y Sanciones en Materia de Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo
Aprueban las normas para el Registro de Empresas y Personas que efectúan operaciones financieras o de cambio de moneda, supervisadas en materia de prevención de lavado de activos y del financiamiento del terrorismo por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, a través de la UIF Perú.
Aprueban las Normas Especiales para la Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo aplicable a los Notarios.
Mediante Res SBS 14998-2009, modifican la Norma para la Prevención del LA/FT de aplicación general a los sujetos obligados a informar que carecen de organismos supervisores, aprobada por Res SBS 486-2008.
Aprueban instrucciones para la presentación del Registro de Operaciones Únicas y Múltiples (Instructivo RO) aplicable a sujetos obligados bajo el alcance de la Res. SBS N° 2660-2015, modifican el artículo 49 del Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo, y dictan otras disposiciones.
Reglamento para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a las Cooperativas de Ahorro y Crédito no autorizadas a operar con recursos del público.
Modifican el Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo. (Ver plazos de adecuación establecidos en el artículo 2°)
Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo (Ver plazos de adecuación establecidos en el artículo 2° de la Resolución SBS N° 4705-2017 ).
Modifican Reglamento de Infracciones y Sanciones en materia de prevención de lavado de activos y de financiamiento de terrorismo aprobado por Resolución SBS N° 1782-2007 y el Anexo I del Reglamento de Sanciones aprobado mediante Resolución SBS N° 816-2005.
Modifica las Normas Complementarias para la Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo aprobadas por la Resolución SBS N° 838-2008.
Modifican Normas Especiales para la Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo aplicable a los Notarios.
Modifican el Artículo Segundo de las Normas Especiales para la Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo aplicable a los Notarios, aprobadas por Res. SBS N°5709-2012
Modifican la Res. SBS N° 5389-2013, que aprobó el Reglamento de Infracciones y Sanciones en materia de Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo aplicable a las empresas que explotan juegos de casino y/o máquinas tragamonedas
Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a las personas jurídicas que explotan juegos de casino y/o máquinas tragamonedas. (Vigente a partir del 01 de junio de 2016)
Aprueban Reglamento de Infracciones y Sanciones en materia de Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo aplicable a las Empresas que explotan Juegos de Casino y/o Máquinas Tragamonedas.
Aprueban Norma para la gestión de riesgos y prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los sujetos obligados dedicados al otorgamiento de préstamos y empeño
Norma que regula los mecanismos y procedimientos para que la UIF-Perú congele administrativamente los fondos u otros activos de las personas o entidades vinculadas al financiamiento del terrorismo, identificadas en el marco de resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
Modelo de Manual para la Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo, para los sujetos obligados a informar que carecen de organismo supervisor, bajo supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) a través de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) en materia de Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo.
Aprueban Modelo de Código de Conducta para sujetos obligados supervisados por la UIF-Perú, por carecer de organismo supervisor.
Aprueban la Norma para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, de aplicación general a los sujetos obligados supervisados por la UIF-Perú.
Norma que regula la forma y condiciones en que se debe proporcionar a la UIF-Perú, la información protegida por el secreto bancario y/o la reserva tributaria