PACK DE CAPACITACIÓN + ELABORACIÓN DE DOCUMENTACIÓN DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO LA/FT
NOTARIAS
SEGUN RESOL. 5709-2012
CAPACITACIÓN + ELABORACIÓN DE MANUAL Y CÓDIGO DE CONDUCTA
OBLIGATORIO
MANUAL Y CÓDIGO DE CONDUCTA
“NORMAS ESPECIALES PARA LA PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO APLICABLE A LOS NOTARIOS”
DOCUMENTACIÓN SOLICITADA
Manual y Código de Conducta para la prevención de LA/FT.
Art. 14.- El notario, a través de su oficial de cumplimiento, debe aprobar y ejecutar un manual para la prevención del LA/FT que contendrá las políticas, los mecanismos y procedimientos para la prevención y detección del LA/FT, según lo dispuesto por la Ley, su Reglamento, las presentes normas especiales y demás disposiciones emitidas sobre la materia.
Art. 15.- El Notario debe aprobar y poner en práctica un Código de Conducta para la Prevención del LA/FT, destinado a asegurar el adecuado funcionamiento del Sistema de Prevención del LA/FT, y contendrá entre otros aspectos, los principios rectores, valores y Políticas que deben aplicarse para administrar el riesgo de exposición al LA/FT.
CAPACITACIÓN LAFT
Art. 6 El Notario y sus trabajadores deben recibir al menos una capacitación anual en materia de prevención y/o detección del LA/FT, con la finalidad de que estén instruidos en las normas vigentes sobre la materia.
Requerimientos mínimos de capacitación:
¿QUIENES PARTICIPAN?
