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PACK DE  CAPACITACIÓN + ELABORACIÓN   DE  DOCUMENTACIÓN DE  CUMPLIMIENTO  OBLIGATORIO LA/FT

  NOTARIAS

  SEGUN RESOL. 5709-2012

CAPACITACIÓN + ELABORACIÓN DE MANUAL Y CÓDIGO DE CONDUCTA

OBLIGATORIO

MANUAL Y CÓDIGO DE CONDUCTA

“NORMAS ESPECIALES PARA LA PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO APLICABLE A LOS NOTARIOS”

DOCUMENTACIÓN SOLICITADA

Manual y Código de Conducta para la prevención de LA/FT.  

Art. 14.- El notario, a través de su oficial de cumplimiento, debe aprobar y ejecutar un manual para la prevención del LA/FT que contendrá las políticas, los mecanismos y procedimientos para la prevención y detección del LA/FT, según lo dispuesto por la Ley, su Reglamento, las presentes normas especiales y demás disposiciones emitidas sobre la materia.   

Art. 15.- El Notario debe aprobar y poner en práctica un Código de Conducta para la Prevención del LA/FT, destinado a asegurar el adecuado funcionamiento del Sistema de Prevención del LA/FT, y contendrá entre otros aspectos, los principios rectores, valores y Políticas que deben aplicarse para administrar el riesgo de exposición al LA/FT.

CAPACITACIÓN LAFT

Art. 6 El Notario y sus trabajadores deben recibir al menos una capacitación anual en materia de prevención y/o detección del LA/FT, con la finalidad de que estén instruidos en las normas vigentes sobre la materia.

Requerimientos mínimos de capacitación:

MODULO 1

Definición y Abreviaturas

MODULO 2

Definiciones

MODULO 3

Sistema de Prevención de LA/FT.

MODULO 4

Registro de Operaciones (RO)

MODULO 5

Reporte de Operaciones

Sospechosas

MODULO 6

Anexos

¿QUIENES PARTICIPAN?

notarias
  • NOTARIOS, TRABAJADORES Y OFICIAL DE CUMPLIMIENTO
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