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ELABORACIÓN DE MANUAL Y CODIGO DE CONDUCTA DE PREVENCIÓN Y GESTIÓN DE LOS RIESGOS DE LA/FT

  COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO NO AUTORIZADAS A OPERAR CON RECURSOS DEL PÚBLICO

  SEGUN RESOL. 5060-2018

ELABORACIÓN DE MANUAL Y CÓDIGO DE CONDUCTA

OBLIGATORIO

RESOL.SBS 1695-2016

“REGLAMENTO PARA LA PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO APLICABLE A LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO NO AUTORIZADAS A OPERAR CON RECURSOS DEL PÚBLICO.”

DOCUMENTACIÓN SOLICITADA

Manual para la prevención y gestión de los riesgos del LA/FT  

Art. 17 El manual debe contener como mínimo la información señalada en el Anexo Nº 2 y debe ser aprobado por el Consejo de Administración, de acuerdo a las exigencias establecidas en el Reglamento para cada nivel de COOPAC.

 Las políticas y procedimientos relacionados al cumplimiento del sistema de prevención del LA/FT, por parte de los directivos, gerentes o las personas que desempeñen funciones equivalentes y trabajadores de la COOPAC; así como la gestión de riesgos de LA/FT deben estar incluidos en el manual. 

Código de conducta para la prevención del LA/FT. 

Art. 18 El código de conducta de las COOPAC debe contener, entre otros aspectos, los principios rectores, valores y políticas que permitan resaltar el carácter obligatorio de los procedimientos que integran el sistema de prevención del LA/FT y su adecuado desarrollo, de acuerdo con la normativa vigente sobre la materia. El código debe establecer los incumplimientos al sistema de prevención del LA/FT que se consideran como infracción, estableciendo su gravedad y la aplicación de las sanciones, de acuerdo con las disposiciones y los procedimientos aprobados por las COOPAC.

¿QUIENES PARTICIPAN?

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  • COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRéDITO NO AUTORIZADAS A OPERAR CON RECURSOS DEL PÚBLICO