ELABORACIÓN DE MANUAL Y CODIGO DE CONDUCTA DE PREVENCIÓN Y GESTIÓN DE LOS RIESGOS DE LA/FT
COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO NO AUTORIZADAS A OPERAR CON RECURSOS DEL PÚBLICO
SEGUN RESOL. 5060-2018
ELABORACIÓN DE MANUAL Y CÓDIGO DE CONDUCTA
OBLIGATORIO
RESOL.SBS 1695-2016
“REGLAMENTO PARA LA PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO APLICABLE A LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO NO AUTORIZADAS A OPERAR CON RECURSOS DEL PÚBLICO.”
DOCUMENTACIÓN SOLICITADA
Manual para la prevención y gestión de los riesgos del LA/FT
Art. 17 El manual debe contener como mínimo la información señalada en el Anexo Nº 2 y debe ser aprobado por el Consejo de Administración, de acuerdo a las exigencias establecidas en el Reglamento para cada nivel de COOPAC.
Las políticas y procedimientos relacionados al cumplimiento del sistema de prevención del LA/FT, por parte de los directivos, gerentes o las personas que desempeñen funciones equivalentes y trabajadores de la COOPAC; así como la gestión de riesgos de LA/FT deben estar incluidos en el manual.
Código de conducta para la prevención del LA/FT.
Art. 18 El código de conducta de las COOPAC debe contener, entre otros aspectos, los principios rectores, valores y políticas que permitan resaltar el carácter obligatorio de los procedimientos que integran el sistema de prevención del LA/FT y su adecuado desarrollo, de acuerdo con la normativa vigente sobre la materia. El código debe establecer los incumplimientos al sistema de prevención del LA/FT que se consideran como infracción, estableciendo su gravedad y la aplicación de las sanciones, de acuerdo con las disposiciones y los procedimientos aprobados por las COOPAC.
¿QUIENES PARTICIPAN?
